El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha fallado en contra de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Transporte de reducir la superficie de la zona ZEPA (zona de protección especial para las aves) nº 19 Sierra Martes- Muela de Cortes en relación con el IBA 161- Sierra de Enguera. Las zonas ZEPAs están reguladas por la Directiva hábitats y conforman la Red natura 2000. Para su designación se usaba el inventario de las zonas IBA existentes y realizada por SEO Bird Life.
El IBA 161 en el término de Enguera coge toda la superficie que esta a la derecha de la carretera Enguera- Ayora. En su tramitación a zona ZEPA se eliminó toda la parte aledaña a esta carretera y donde se iba a colocar el parque eólico.
Ahora, el alto tribunal dice que no se usaron criterios ornitológicos en la designación de la ZEPA nº 19 y que estos son los únicos criterios válidos. Desde ADENE siempre hemos mantenido que en la transposición de la zona IBA 161a ZEPA nº 19 habían primado otros factores antes que los medioambientales, cuando de lo que se trataba y como su nombre indicaba era de proteger las aves silvestres.
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