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ADENE presenta una moción contra el macrovertedero

Hoy día 22 de junio, mediante escrito registrado con el num. 2.735 de entrada en el Ayuntamiento de Enguera , ADENE solicita el pronunciamiento contra el MACROVERTEDERO DE LLANERA, dada la superficie del mismo (40 campos de futbol ) y la proximidad a nuestro término, en partidas tales como “Fraga”, “el Charral” “La Solana”(aproximadamente de 2 a 3 kms.) . El escrito lo reproducimos:

SANTIAGO SÁNCHEZ GARCÍA, con n.i.f. num. , en calidad de Secretario de ADENE, dando traslado del acuerdo adoptado por la Junta Rectora de ADENE celebrada el pasado día 16 de junio del corriente, y en aplicación de los artículos 91 párrafo 4 y 97 del R.O.F., presenta para su inclusión y debate del Pleno Ordinario , mediante su tramitación por despacho extraordinario y previa declaración de la urgencia , dada la reacción social que el tema ha despertado y ante la proximidad de la instalación , la siguiente MOCIÓN:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Teniendo en cuenta que el pasado 24 de abril se dieron a conocer los posibles emplazamientos para la construcción de un macrovertedero de residuos y que tres de las ofertas coinciden en el término de Llanera de Ranes y una cuarta en el término de Enguera.
Teniendo en cuenta que este Ayuntamiento ya se ha manifestado en contra de la ubicación del citado macrovertedero en Enguera y que por tanto solo quedan las ofertas de Llanera de Ranes.
Teniendo en cuenta que los posibles emplazamientos de Llanera, frente al resto de suelos considerados aptos dentro del Área de Gestión 2, contradice directamente el criterio fundamental marcado por el Plan Integral de Residuos (PIR) de Proximidad al Origen de Producción de Residuos, ya que estos se producen por encima de un 70% en las comarcas de La Safor y de La Vall de Albaida, mientras que el resto del porcentaje es el que corresponde a La Costera, la Canal de Navarrés y el Valle de Ayora.
Teniendo en cuenta que, frente a lo que determinadas empresas afirman, NO existe la necesaria ACEPTACIÓN SOCIAL NI MUNICIPAL en las localidades de La Costera y la Canal de Navarrés para acoger un macrovertedero para más de quinientos mil habitantes, ocupando trescientas hanegadas y de entre dos y cinco kilómetros de distancia a poblaciones como Estubeny, Anna, Enguera, Alcudia de Crespins, Cerdá, Llanera, Rotglá, Canals, Torrella, Sellent o Chella.
Teniendo en cuenta la gran extensión de superficie que representa esta Área de Gestión, que implica la construcción de diversas plantas de transferencia y de grandes desplazamientos de los residuos, que encarecen así su gestión.
Teniendo en cuenta que no se fijan como objetivos prioritarios, tal y como marca al directiva comunitaria, la Prevención y la Reducción de Residuos.
Teniendo en cuenta que tal y como se indica en la Ley 10/1998, las Entidades Locales tienen la posibilidad de elaborar sus propios planes de Gestión de Residuos Urbanos.

El Ayuntamiento de Enguera presenta al Pleno la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO

1.- El Ayuntamiento de Enguera rechaza la creación de un MACROVERTEDERO tanto en Llanera de Ranes como en cualquier otro pueblo o comarca.

2.- El Ayuntamiento de Enguera propugna la creación de vertederos de ámbito comarcal que, en todo caso, agrupe a La Costera y la Canal de Navarrés por su menor densidad de población, tal y como en su día se aprobó por unanimidad en la Mancomunidad de Municipios de La Costera – La Canal.

3.- El Ayuntamiento de Enguera valora que un vertedero de las dimensiones marcadas en el punto anterior es más viable económica y ecológicamente porque se reduce drásticamente el transporte de residuos, la construcción de plantas de transferencia y empaquetamiento, el impacto ambiental por la extensión del terreno dedicado a la planta y al vertedero de inertes. Y con un menor número de toneladas de residuos es más efectivo su control de cara a una correcta: valoración para determinar los inertes y para la reutilización en planta de compostaje o en una planta de biogas.

4.- Paralelamente, el Ayuntamiento de Enguera incentivará políticas encaminadas a la concienciación para reducir los residuos así como una completa selección en origen de los mismos, facilitando los medios necesarios.

5.- El presente acuerdo se enviará al Ayuntamiento de Llanera de Ranes, al Consorcio de Entidades Locales creado en el Área de Gestión, a la Mancomunidad de Municipios de La Costera y La Canal y, a todos los Ayuntamientos de la Costera, La Canal de Navarrés y el Valle de Ayora.

Enguera 22 de junio de 2009

 
 

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